Defensa Contra la Deportación, Asilo y Exenciones

Procedimientos de deportación

Los procedimientos de deportación y deportación se refieren al proceso legal por el cual el gobierno de los Estados Unidos busca expulsar a un extranjero del país. Las razones comunes para la expulsión incluyen:

  • Violaciones de las leyes de inmigración
  • Ciertas condenas penales
  • permanecer más allá de una visa
  • Entrada ilegal a los EE.UU.

Sin embargo, ser colocado en procedimientos de expulsión no conduce automáticamente a la deportación. Usted puede tener varias defensas potenciales para luchar contra la eliminación, póngase en contacto con nosotros hoy!

Ofrecemos asistencia legal integral para individuos que enfrentan procedimientos de expulsión y otros desafíos migratorios.

Defensas legales contra Deportation

 Dado que las razones para los procedimientos de deportación varían, también lo hacen las defensas legales disponibles. El mejor enfoque depende de sus circunstancias específicas, pero aquí hay algunas posibles estrategias de defensa:

Cancelación de la retirada

Esta opción legal puede permitir que ciertas personas permanezcan en los Estados Unidos si cumplen con criterios específicos. Los requisitos de elegibilidad difieren según el estatus migratorio:

  • Para Residentes Permanentes Legales (LPRs): Usted puede calificar si ha sido titular de una tarjeta verde por al menos cinco años, ha vivido continuamente en los EE.UU. Por al menos siete años después de la admisión legal, y no ha sido condenado por un delito grave agravado.
  • Para Residentes Permanentes No Legales: Si usted no tiene una tarjeta verde, todavía puede ser elegible si ha residido en los EE.UU. Por lo menos 10 años, tiene buen carácter moral, y puede demostrar que su expulsión causaría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales a un ciudadano estadounidense o miembro de la familia residente permanente legal.

Asilo, Suspensión de Deportación y Convención Contra la Tortura

Ciertos extranjeros que temen ser perseguidos en su país de origen pueden tener derecho a asilo u otras formas de protección contra la expulsión. Para calificar, las personas deben demostrar que han experimentado persecución pasada o enfrentan una alta probabilidad de daño futuro debido a su raza, religión, nacionalidad, creencias políticas o pertenencia a un grupo social específico. Esta persecución debe ser llevada a cabo por el gobierno o por grupos e individuos que el gobierno no puede o no está dispuesto a controlar.

Nuestro dedicado equipo está listo para escuchar su historia, entender sus necesidades y proporcionar las mejores soluciones legales para protegerlo a usted y a sus seres queridos.

Adjuste de estatus

Si califica para una tarjeta verde a través de la familia, el empleo u otra vía legal, es posible que pueda ajustar su estatus migratorio y evitar la deportación. Esta defensa es a menudo aplicable a las personas que entraron a los EE.UU. Legalmente, pero más tarde se volvieron removibles debido a estadías superiores a la visa o violaciones de la ley de inmigración.

Salida voluntaria

Aunque no es una defensa contra la expulsión, la salida voluntaria permite a las personas salir de los Estados Unidos en sus propios términos en lugar de ser deportadas por la fuerza. Esta opción puede ayudar a evitar las consecuencias legales de una orden formal de deportación, incluidas las prohibiciones a largo plazo para el reingreso. En algunos casos, la salida voluntaria puede proporcionar una oportunidad futura de regresar a los Estados Unidos legalmente.

Estado temporal protegido (TPS)

El TPS está disponible para personas de países designados que experimentan conflictos armados en curso, desastres naturales u otras circunstancias extraordinarias. Si califica, puede permanecer y trabajar en los Estados Unidos por un período temporal, aunque este estatus no conduce a la residencia permanente.

Apelaciones y mociones para reabrir

Si un juez de inmigración decide en su contra, usted puede tener el derecho de apelar la decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés). Además, si surge nueva evidencia o se cometieron errores en su caso, puede presentar una moción para reabrir o una moción para reconsiderar. Estos recursos legales son sensibles al tiempo, por lo que buscar orientación de un abogado de inmigración con experiencia es crucial.

NACARA

NACARA proporciona un camino hacia la residencia permanente para individuos elegibles de El Salvador, Guatemala y naciones selectas del antiguo bloque soviético.

Para calificar para la ayuda de NACARA 203, debes cumplir con uno de los siguientes criterios:

  • Nacionales de Guatemala: Debes haber ingresado a los EE. UU. en o antes del 1 de octubre de 1990, haberte registrado para los beneficios de ABC antes del 31 de diciembre de 1991, haber solicitado asilo antes del 3 de enero de 1995 y no haber sido detenido al ingresar después del 19 de diciembre de 1990. (Para más detalles, consulta el Acuerdo de Conciliación del caso American Baptist Churches v. Thornburgh (ABC)).
  • Nacionales de El Salvador: Debes haber ingresado a los EE. UU. en o antes del 19 de septiembre de 1990, haberte registrado para los beneficios de ABC antes del 31 de octubre de 1991 (ya sea directamente o a través del Estatus de Protección Temporal (TPS)), haber solicitado asilo antes del 16 de febrero de 1996 y no haber sido detenido al ingresar después del 19 de diciembre de 1990.
  • Solicitantes de asilo de Guatemala o El Salvador: Si presentaste una solicitud de asilo en o antes del 1 de abril de 1990 y no has recibido una decisión final, podrías calificar.
  • Nacionales de países del antiguo bloque soviético: Si ingresaste a los EE. UU. en o antes del 31 de diciembre de 1990, solicitaste asilo antes del 31 de diciembre de 1991 y eras de uno de los siguientes países al momento de la solicitud, podrías ser elegible:
    • Unión Soviética (o cualquiera de sus repúblicas anteriores
    • Rusia
    • Letonia, Lituania, Estonia
    • Albania, Bulgaria, Checoslovaquia
    • Alemania del Este, Hungría, Polonia, Rumania
    • Yugoslavia (o cualquiera de sus antiguos estados)

Exenciones

Varios factores pueden hacer que un inmigrante sea inadmisible en los Estados Unidos, incluyendo la presencia ilegal. Esto ocurre cuando una persona permanece en el país más allá de la duración permitida de su visa, entra sin la inspección adecuada, o no cumple con los términos de una visa temporal.

Aunque la presencia ilegal puede impedir la entrada a los Estados Unidos, puede haber opciones legales disponibles para abordar este problema.

de Exención Si usted ha estado en los Estados Unidos sin estatus legal, puede preocuparse de que salir para solicitar una tarjeta verde podría resultar en una larga barra de reingreso. La Exención Provisional I-601A está diseñada para ayudar a las personas elegibles a solicitar una exención por presencia ilegal, permitiéndoles completar el proceso de la tarjeta verde sin enfrentar una prohibición de 3 o 10 años.

Si usted tiene un cónyuge o padre ciudadano estadounidense y su partida les causaría dificultades extremas, podría ser elegible. Al obtener una exención I-601A antes de salir de los Estados Unidos, reduce el riesgo de separación a largo plazo de sus seres queridos.

Una vez que se apruebe su exención, podrá asistir a su entrevista de tarjeta verde en su país de origen con mayor confianza.

Averigua si calificas, ¡contacta a nuestro equipo hoy mismo!

Exención I-601

de Exención Si usted o un ser querido enfrentan obstáculos para entrar o permanecer en los Estados Unidos debido a violaciones de inmigración pasadas, problemas de salud o antecedentes penales, una Exención I-601 puede proporcionar una solución. Oficialmente conocido como la Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad, este proceso legal permite a las personas elegibles solicitar perdón por ciertos factores de inadmisibilidad. Al demostrar que un ciudadano estadounidense calificado o residente permanente legal sufriría dificultades extremas si se niega la exención, todavía puede tener un camino hacia la residencia legal.

Contáctenos hoy para discutir sus opciones y dar el siguiente paso para asegurar su futuro en los EE.UU.

Exención I-212

Exención I-212: Cómo superar la inadmisibilidad para volver a ingresar al

de los Estados Unidos Si usted ha sido deportado o expulsado de los Estados Unidos, una exención I-212 (consentimiento para volver a aplicar) puede proporcionar un camino de regreso. Esta exención es esencial para las personas consideradas inadmisibles en virtud de las secciones 212(a)(9)(a) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y les permite solicitar permiso para regresar legalmente.

¿Por qué solicitar una exención I-212?

  • Un I-212 aprobado permite a un solicitante superar la inadmisibilidad y volver a solicitar admisión

  • Un I-212 para abordar la inadmisibilidad bajo 212(a)(9)(a) Permite a alguien evitar las barras de tiempo

 ¿Quién puede solicitar una exención I-212?

Usted puede ser elegible para presentar una exención I-212 desde fuera de los EE.UU. Si usted:

  • Fueron removidos o separados anteriormente mientras estaban bajo una orden de remoción y quieren regresar antes de que expire su período de inadmisibilidad.
  • está solicitando una visa, ajuste de estatus, o buscando la entrada como no inmigrante a través de un Consulado o Puerto de Entrada de los Estados Unidos.
  • tiene una condena por un delito grave agravado y está buscando readmisión o una tarjeta verde.

Navegar con éxito el proceso de exención I-212 requiere una preparación cuidadosa y argumentos legales sólidos. Nuestro equipo puede guiarlo a través de cada paso para mejorar sus posibilidades de aprobación.

¡Contáctanos hoy para discutir tu caso y explorar tus opciones!